1.1 Esta especificación cubre la fabricación de combustible para turbinas de aviación que consta de componentes de mezcla convencionales y sintéticos. 1.2 Esta especificación se aplica únicamente en el punto de origen del lote, de la siguiente manera: 1.2.1 Combustible para turbinas de aviación fabricado, certificado y liberado según todos los requisitos de la Tabla 1 de esta especificación (D7566 ), cumple los requisitos de la Especificación D1655 y se considerará combustible para turbinas de la Especificación D1655. No es necesario realizar pruebas duplicadas; Se pueden utilizar los mismos datos para el cumplimiento de D7566 y D1655. Una vez que el combustible se libera según esta especificación (D7566), los requisitos únicos de esta especificación ya no son aplicables: cualquier recertificación se debe realizar de acuerdo con la Tabla 8201;1 de la Especificación D1655. 1.2.2 Mezcla de campo de mezclas de queroseno parafínico sintetizado (SPK), como se describe en el Anexo A1 (FT SPK) o en el Anexo A2 (HEFA SPK) con combustible D1655 (que puede haberse originado total o parcialmente como Combustible D7566) se considerará origen de lote, en cuyo caso se aplican y se evaluarán todos los requisitos de la Tabla 1 de esta especificación (D7566). Los programas breves de pruebas de conformidad comúnmente utilizados para garantizar la calidad del transporte no son suficientes. El combustible se considerará combustible para turbinas D1655 después de la certificación y liberación como se describe en 1.2.1. 1.2.3 Una vez que un combustible se redesigna como combustible para turbinas de aviación D1655, se puede manejar de la misma manera que el combustible para turbinas de aviación D1655 refinado equivalente. 1.3 Esta especificación define tipos específicos de combustible para turbinas de aviación que contienen hidrocarburos sintetizados para uso civil en la operación y certificación de aeronaves y describe los combustibles que se consideran satisfactorios para la operación de aeronaves y motores. La especificación está destinada a usarse como estándar para describir la calidad de los combustibles para turbinas de aviación y los componentes de mezcla sintética en el lugar de fabricación, pero puede usarse para describir la calidad de los combustibles para turbinas de aviación para la transferencia contractual en todos los puntos del sistema de distribución. 1.4 Esta especificación no define las pruebas y procedimientos de garantía de calidad necesarios para garantizar que el combustible en el sistema de distribución continúe cumpliendo con esta especificación después de la certificación del lote. Dichos procedimientos se definen en otros lugares, por ejemplo en ICAO8201;9977, EI/JIG Standard8201;1530, JIG8201;1, JIG8201;2, API8201;1543, API8201;1595 y ATA-103. 1.5 Esta especificación no incluye todos los combustibles satisfactorios para motores de turbina de aviación. Ciertos equipos o condiciones de uso pueden permitir una gama más amplia o requerir una gama de características más estrecha que la que se muestra en esta especificación. 1.6 Si bien los combustibles para turbinas de aviación definidos en la Tabla 1 de esta especificación se pueden usar en aplicaciones distintas a los motores de turbina de aviación, los requisitos para otras aplicaciones no se han considerado en el desarrollo de esta especificación. 1.7 Los componentes de mezclas sintéticas, los combustibles sintéticos y las mezclas de combustibles sintéticos con combustibles convencionales derivados del petróleo en esta especificación han sido evaluados y aprobados de acuerdo con los principios establecidos en la Práctica D4054. 1.8 Los valores indicados en SI ......