BS EN 12952-8:2002
Calderas acuotubulares e instalaciones auxiliares. Requisitos para los sistemas de combustión de combustibles líquidos y gaseosos para la caldera.

Estándar No.
BS EN 12952-8:2002
Fecha de publicación
2002
Organización
British Standards Institution (BSI)
Estado
Remplazado por
BS EN 12952-8:2022
Ultima versión
BS EN 12952-8:2022
Reemplazar
98/716514 DC-1998
Alcance
1.1 Sistemas de combustión Esta parte de esta norma europea especifica los requisitos para los sistemas de combustión de petróleo y gas de calderas de vapor y generadores de agua caliente según se define en la norma EN 12952-1. Estos requisitos también se aplican a los sistemas de combustión de calderas de recuperación de químicos (calderas de licor negro) con las adiciones y modificaciones especificadas en el Anexo A de esta norma. NOTA 1 Esta norma no es aplicable a calderas tipo serpentín (calderas flash/calderas pequeñas) que utilizan quemadores de acuerdo con EN 12953-7 y se aplica a instalaciones de un solo quemador. 1.2 NOTA 2 Esta norma no es aplicable al almacenamiento de combustibles líquidos ni a las estaciones de transferencia de gasoductos de larga distancia. Combustibles Esta parte de esta norma europea especifica requisitos que cubren el uso de combustibles líquidos y gaseosos tal como se definen en esta norma. Los combustibles que se desvían de los tipos estandarizados disponibles comercialmente pueden requerir medidas de seguridad adicionales o alternativas. Para licor negro, estas medidas de seguridad se dan en el Anexo A. 1.3 Operación Esta parte de esta norma europea especifica los requisitos para el equipo operativo en las cláusulas 4 a 8 que se aplican a calderas de vapor y generadores de agua caliente con supervisión permanente por parte de personal debidamente capacitado y familiarizado con las especialidades. condiciones del sistema de disparo y el tipo de combustible que se dispara.

BS EN 12952-8:2002 Historia

  • 1970 BS EN 12952-8:2022 Cambios rastreados. Calderas acuotubulares e instalaciones auxiliares. Requisitos para los sistemas de combustión de combustibles líquidos y gaseosos para la caldera.
  • 2002 BS EN 12952-8:2002 Calderas acuotubulares e instalaciones auxiliares. Requisitos para los sistemas de combustión de combustibles líquidos y gaseosos para la caldera.



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