BS EN 12952-8:2022
Cambios rastreados. Calderas acuotubulares e instalaciones auxiliares. Requisitos para los sistemas de combustión de combustibles líquidos y gaseosos para la caldera.

Estándar No.
BS EN 12952-8:2022
Fecha de publicación
1970
Organización
/
Ultima versión
BS EN 12952-8:2022
Alcance
Este documento especifica los requisitos para los sistemas de combustión de combustibles líquidos y gaseosos de calderas de vapor y generadores de agua caliente según se define en EN 12952-1:2015. Estos requisitos también se aplican a los sistemas de encendido de calderas de recuperación de productos químicos (calderas de licor negro) con las adiciones y modificaciones especificadas en el Anexo A. Estos requisitos también se aplican a las turbinas de gas en combinación con generadores de vapor de recuperación de calor encendidos/no encendidos con las adiciones y enmiendas especificadas en Anexo B. Este documento no es aplicable a calderas tipo serpentín (calderas flash/calderas pequeñas) que utilizan quemadores de acuerdo con EN 12953‑7 para instalaciones de un solo quemador. Este documento no es aplicable al almacenamiento de combustibles líquidos ni a las estaciones de transferencia de gasoductos de larga distancia. Este documento especifica los requisitos que cubren el uso de combustibles líquidos y gaseosos tal como se definen en este documento. Los combustibles que se desvíen de los tipos estandarizados disponibles comercialmente pueden requerir medidas de seguridad adicionales o alternativas. Para el licor negro, estas medidas de seguridad se dan en el Anexo A.

BS EN 12952-8:2022 Historia

  • 1970 BS EN 12952-8:2022 Cambios rastreados. Calderas acuotubulares e instalaciones auxiliares. Requisitos para los sistemas de combustión de combustibles líquidos y gaseosos para la caldera.
  • 2002 BS EN 12952-8:2002 Calderas acuotubulares e instalaciones auxiliares. Requisitos para los sistemas de combustión de combustibles líquidos y gaseosos para la caldera.



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