Esta norma europea especifica las capacidades de los envases de vidrio y de metal rígido redondo para el envasado de conservas (y semiconservas) de productos vegetales (frutas, hortalizas, tomates, patatas) para consumo humano. 2 Quedan excluidos de esta norma los envases para preenvasados de confituras, mermeladas, pasta de castañas, sopas, salsas, papillas, zumos de frutas y verduras y todos los productos vegetales congelados y secos. También se excluyen los recipientes metálicos con orificios de ventilación y "decollage".