Esta Norma se aplica a los Quesos en Salmuera, destinados al consumo directo o a una elaboración posterior, de conformidad con la descripción de la Sección 2 de esta Norma. Con sujeción a las disposiciones de esta norma grupal, las normas del Codex para variedades individuales de quesos en salmuera pueden contener disposiciones que sean más específicas que las de esta norma.