CFR 50-648.55-2014 Vida silvestre y pesca. Parte 648: Pesquerías del noreste de Estados Unidos. Sección 648.55: Ajustes marco a las medidas de gestión.
(a) Al menos cada dos años, el Consejo evaluará el estado del recurso de vieira, determinará la idoneidad de las medidas de ordenación para lograr los objetivos de conservación del recurso de vieira e iniciará un ajuste marco para establecer medidas de ordenación de la pesquería de vieira para el período de dos años que comienza con la campaña de pesca de vieira inmediatamente siguiente a aquel en el que se inicia la acción.
CFR 50-648.55-2014 Historia
2014CFR 50-648.55-2014 Vida silvestre y pesca. Parte 648: Pesquerías del noreste de Estados Unidos. Sección 648.55: Ajustes marco a las medidas de gestión.