(a) Permisos para embarcaciones comerciales: (1) pargo-mero del Atlántico sur. Para que una persona a bordo de un buque sea elegible para la exención de los límites de captura de pargo-mero del Atlántico sur en o desde la ZEE del Atlántico Sur, para vender pargo-mero del Atlántico Sur en o desde la ZEE del Atlántico Sur, para participar en la pesquería dirigida para el blanquillo dorado en la ZEE del Atlántico Sur,
CFR 50-622.170-2014 Historia
2014CFR 50-622.170-2014 Vida silvestre y pesca. Parte 622: Pesquerías del caribe, golfo y atlántico sur. Sección 622.170: Permisos y endosos.