(a) Las regulaciones de esta subparte se aplican únicamente a la captura incidental de mamíferos marinos especificada en el párrafo (b) de esta sección por parte de la División de Armas del Centro de Guerra Aérea Naval de la Marina de los EE. UU. y aquellas personas a las que autoriza a participar en actividades de lanzamiento de misiles dirigidos y operaciones asociadas de aviones y helicópteros en las instalaciones de la División de Armas del Centro de Guerra Aérea Naval en la Isla de San Nicolás, California.