CFR 50-217.146-2013 Vida silvestre y pesca. Parte 217: Regulaciones que rigen la captura de mamíferos marinos incidental a actividades específicas. Sección 217.146: Requisitos de seguimiento y presentación de informes.
(a) BP debe notificar a la Oficina Regional de Alaska, NMFS, dentro de las 48 horas posteriores al inicio de la construcción de la carretera de hielo, el cese del uso de la carretera de hielo y el comienzo de las actividades rompehielos para las instalaciones de Northstar.
CFR 50-217.146-2013 Historia
2013CFR 50-217.146-2013 Vida silvestre y pesca. Parte 217: Regulaciones que rigen la captura de mamíferos marinos incidental a actividades específicas. Sección 217.146: Requisitos de seguimiento y presentación de informes.