(a) Límites de intensidad de campo. Para las siguientes bandas, la intensidad de campo mediana prevista o medida en cualquier ubicación en el límite geográfico del área de servicio de un titular de licencia no excederá el valor especificado a menos que los titulares de licencia del área de servicio afectada adyacente acuerden una intensidad de campo diferente.
CFR 47-27.55-2014 Historia
2014CFR 47-27.55-2014 Telecomunicación. Parte 27: Servicios diversos de comunicaciones inalámbricas. Sección 27.55: Límites de fuerza de potencia.