Excepto lo dispuesto en la § 128.110 de este subcapítulo, esta subparte se aplica a cada embarcación de 100 o más toneladas brutas donde los sistemas automatizados reemplazan a personal específico en el control y observación del sistema de propulsión y los espacios de maquinaria o reducen el nivel de tripulación asociada con el departamento de motores del buque.
CFR 46-130.400-2014 Historia
2014CFR 46-130.400-2014 Envío. Parte 130: Control de embarcaciones y equipos y sistemas diversos. Sección 130.400: Aplicabilidad.