CFR 40-180.665-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.665: Sedaxano; tolerancias de residuos.
(un general. Se establecen tolerancias para los residuos del fungicida sedaxano, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en el interior o la superficie de los productos que figuran en la siguiente tabla. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados en la siguiente tabla se determinará midiendo únicamente sedaxano, N-[2-[1,1′-biciclopropil]-2-ilfenil]-3-(difluorometil)-1-metil-1H- pirazol-4-carboxamida, como la suma de sus isómeros cis y trans en o sobre el producto.
CFR 40-180.665-2013 Historia
2013CFR 40-180.665-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.665: Sedaxano; tolerancias de residuos.