CFR 40-180.566-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.566: Fenpiroximato; tolerancias de residuos.
(un general. (1) Se establecen tolerancias para los residuos del insecticida fenpiroximato, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en o sobre los productos que figuran en la siguiente tabla. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados en la tabla se determinará midiendo únicamente la suma de fenpiroximato, (E)-1,1-dimetiletil 4-[[[[(1,3-dimetil-5-fenoxi-1H-pirazol -4-il)metilen]amino]oxi]metil]benzoato y su isómero Z, (Z)-1,1-dimetiletilo 4-[[[[(1,3-dimetil-5-fenoxi-1H-pirazol- 4-il)metilen]amino]oxi]metil]benzoato, calculado como el equivalente estequiométrico de fenpiroximato.
CFR 40-180.566-2013 Historia
2013CFR 40-180.566-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.566: Fenpiroximato; tolerancias de residuos.