CFR 40-180.466-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.466: Fenpropatrin; tolerancias de residuos.
(un general. En la siguiente tabla se establecen tolerancias para los residuos de fenpropatrin, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en o sobre los productos. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados a continuación se determinará midiendo únicamente la fenpropatrina (2,2,3,3 tetrametilciclopropanocarboxilato de alfa-ciano-3-fenoxibencilo).
CFR 40-180.466-2013 Historia
2013CFR 40-180.466-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.466: Fenpropatrin; tolerancias de residuos.