CFR 40-180.499-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.499: Propamocarb; tolerancias para residuos.
(un general. Se establecen tolerancias para los residuos de propamocarb, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en o sobre los productos especificados en el siguiente cuadro resultantes de la aplicación de la sal hidrocloruro de propamocarb. El cumplimiento de los siguientes niveles de tolerancia se determinará midiendo únicamente propamocarb (N-[3-(dimetilamino)propil]carbamato de propilo):
CFR 40-180.499-2013 Historia
2013CFR 40-180.499-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.499: Propamocarb; tolerancias para residuos.