CFR 40-180.485-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.485: Ciproconazol; tolerancias de residuos.
(un general. (1) Se establecen tolerancias para los residuos de las formas libres y conjugadas del fungicida ciproconazol, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en o sobre los productos que figuran en la siguiente tabla. El cumplimiento de los niveles de tolerancia propuestos especificados a continuación se determinará midiendo únicamente ciproconazol (a-(4-clorofenil)-a-(1-ciclopropiletil)-1H-1,2,4-triazol-1-etanol) en o sobre los siguientes productos:
CFR 40-180.485-2013 Historia
2013CFR 40-180.485-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.485: Ciproconazol; tolerancias de residuos.