CFR 40-180.476-2014 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.476: Triflumizol; tolerancias de residuos.
(un general. (1) Se establecen tolerancias para los residuos del fungicida triflumizol, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en o sobre los productos enumerados en la siguiente tabla. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados a continuación se determinará midiendo únicamente el compuesto original triflumizol, 1-(1-((4-cloro-2-(trifluorometil)fenil)imino)-2-propoxietil)-1H-imidazol, y sus metabolitos que contienen el resto 4-cloro-2-trifluorometilanilina, calculados como equivalente estequiométrico del compuesto original.
CFR 40-180.476-2014 Historia
2014CFR 40-180.476-2014 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.476: Triflumizol; tolerancias de residuos.