CFR 33-401.79-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 401: Regulaciones y reglas de navegación marítima. Sección 401.79: Aviso previo de llegada, embarcaciones que requieren inspección.
(a) Aviso previo de llegada. Todos los buques de bandera extranjera que tengan la intención de transitar por la vía marítima deberán presentar un Aviso de llegada (NOA) electrónico completo antes de ingresar en la escala en el punto 2 (CIP 2) de la siguiente manera:
CFR 33-401.79-2014 Historia
2014CFR 33-401.79-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 401: Regulaciones y reglas de navegación marítima. Sección 401.79: Aviso previo de llegada, embarcaciones que requieren inspección.