CFR 33-401.68-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 401: Regulaciones y reglas de navegación marítima. Sección 401.68: Carta de permiso para explosivos.
(a) Se requiere una Carta de Permiso de Explosivos en Vías Marítimas para una embarcación explosiva en los siguientes casos: (1) Para todas las embarcaciones que transporten cualquier cantidad de explosivos con un riesgo de explosión masiva, hasta un máximo de 2 toneladas (OMI Clase 1, División 1.1 y 1,5);
CFR 33-401.68-2014 Historia
2014CFR 33-401.68-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 401: Regulaciones y reglas de navegación marítima. Sección 401.68: Carta de permiso para explosivos.