(a) Ningún buque que no sea autopropulsado (incluidos, entre otros, remolcadores/remolcadores y/o buques/remolques muertos) navegará en aguas marítimas a menos que esté firmemente amarrado a un remolcador o remolcadores adecuados, de conformidad con normas especiales. instrucciones dadas por el Gerente o la Corporación de conformidad con § 401.33 y debe estar equipado con un ancla operativa.
CFR 33-401.34-2014 Historia
2014CFR 33-401.34-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 401: Regulaciones y reglas de navegación marítima. Sección 401.34: Embarcaciones remolcadas.