CFR 33-402.9-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 402: Tarifa de peajes. Sección 402.9: Recargos operacionales posteriores a la fecha de despacho.
(a) Sujeto al párrafo (b) de esta sección, una embarcación que se presente para su tránsito final por la Vía Marítima desde un lugar establecido en la columna 1 de § 402.11 dentro de un período posterior a la fecha de despacho establecida por el Gerente y la Corporación establecida en la columna 2 de 402.11 pagarán recargos operativos por el monto establecido en la columna 3 de 402.11, prorrateados por cerradura.
CFR 33-402.9-2014 Historia
2014CFR 33-402.9-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 402: Tarifa de peajes. Sección 402.9: Recargos operacionales posteriores a la fecha de despacho.