CFR 33-150.325-2013
Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.325: ¿Cuál es el primer aviso requerido antes de que un camión cisterna ingrese a la zona de seguridad o al área a evitar?

Estándar No.
CFR 33-150.325-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 33-150.325-2013
Alcance
(a) El propietario, capitán, agente o persona a cargo de un buque tanque con destino a un puerto tripulado de aguas profundas deberá cumplir con los requisitos de notificación de llegada en la subparte C de la parte 160 de este capítulo.

CFR 33-150.325-2013 Historia

  • 2013 CFR 33-150.325-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.325: ¿Cuál es el primer aviso requerido antes de que un camión cisterna ingrese a la zona de seguridad o al área a evitar?



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