CFR 33-150.812-2013

Estándar No.
CFR 33-150.812-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 33-150.812-2013
Alcance
La Guardia Costera, al recibir un informe de siniestro marítimo en un puerto de aguas profundas, como se describe en § 150.815 de esta parte, llevará a cabo una investigación para determinar la causa del incidente y tomar las medidas apropiadas para promover la seguridad de la vida y la propiedad. El investigador de la Guardia Costera seguirá los procedimientos descritos en 46 CFR subparte 4.07 al realizar la investigación.

CFR 33-150.812-2013 Historia




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