CFR 33-150.625-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.625: ¿Qué debe contener el programa de comunicación de peligros?
(a) Cada puerto de aguas profundas debe tener un programa de comunicación de peligros disponible para la capacitación y revisión de todo el personal del puerto de aguas profundas.
CFR 33-150.625-2013 Historia
2013CFR 33-150.625-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.625: ¿Qué debe contener el programa de comunicación de peligros?