CFR 33-151.65-2013
Navegación y aguas navegables. Parte 151: Buques que transporten petróleo, sustancias líquidas nocivas, basura, desechos municipales o comerciales y agua de lastre. Sección 151.65: Requisitos de presentación de informes.

Estándar No.
CFR 33-151.65-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Estado
Ultima versión
CFR 33-151.65-2013
Alcance
El capitán o persona que esté a cargo de cada buque de navegación oceánica deberá notificar al puerto o terminal, al menos 24 horas antes de ingresar al puerto o terminal, el nombre del buque y el volumen estimado de basura que requerirá disposición, si se cumple alguna de las siguientes Se deben descargar tipos de basura.

CFR 33-151.65-2013 Historia

  • 2013 CFR 33-151.65-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 151: Buques que transporten petróleo, sustancias líquidas nocivas, basura, desechos municipales o comerciales y agua de lastre. Sección 151.65: Requisitos de presentación de informes.



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