CFR 33-138.45-2013
Navegación y aguas navegables. Parte 138: Responsabilidad financiera por contaminación del agua (buques) y límites de responsabilidad opa 90 (buques y puertos de aguas profundas). Sección 138.45: Dónde solicitar y renovar Certificados.

Estándar No.
CFR 33-138.45-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 33-138.45-2013
Alcance
(a) Un operador debe presentar todas las Solicitudes de Certificado y todas las solicitudes de renovación de un Certificado, junto con toda la evidencia de responsabilidad financiera requerida según § 138.80 y todas las tarifas requeridas según § 138.130, al NFPC en la siguiente dirección: Director Nacional Pollution Funds Center, NPFC CV MS 7100, US Coast Guard, 4200 Wilson Blvd., Suite 1000, Arlington, VA 20598-7100, teléfono 202-872-6130, fax 703-872-6123; o electrónicamente utilizando el proceso basado en la web E-COFR de NPFC en https://npfc.uscg.mil/cofr/default.aspx.

CFR 33-138.45-2013 Historia

  • 2013 CFR 33-138.45-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 138: Responsabilidad financiera por contaminación del agua (buques) y límites de responsabilidad opa 90 (buques y puertos de aguas profundas). Sección 138.45: Dónde solicitar y renovar Certificados.



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