CFR 33-149.140-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 149: Puertos de aguas profundas: diseño, construcción y equipamiento. Sección 149.140: ¿Qué equipo de comunicaciones debe haber en un puerto de aguas profundas?
(a) Cada puerto de aguas profundas deberá contar con el siguiente equipo de comunicaciones.
CFR 33-149.140-2013 Historia
2013CFR 33-149.140-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 149: Puertos de aguas profundas: diseño, construcción y equipamiento. Sección 149.140: ¿Qué equipo de comunicaciones debe haber en un puerto de aguas profundas?