El solicitante puede retirar una solicitud en cualquier momento antes de que finalice el procedimiento entregando o enviando por correo una notificación de retiro al Comandante (CG-5P) para su registro.
CFR 33-148.213-2013 Historia
2013CFR 33-148.213-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 148: Puertos de aguas profundas: generales. Sección 148.213: ¿Cómo retiro mi solicitud?