CFR 33-141.35-2013
Navegación y aguas navegables. Parte 141: Personal. Sección 141.35: Registros que debe conservar el empleador.

Estándar No.
CFR 33-141.35-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 33-141.35-2013
Alcance
(a) El empleador del personal sujeto a esta subparte mantendrá y pondrá a disposición de la Guardia Costera, previa solicitud, un registro que identifique en cuáles de los documentos enumerados en §§ 141.25 y 141.30 se basó para cada empleado. El registro debe consistir en una copia del documento o la siguiente información en el documento.

CFR 33-141.35-2013 Historia

  • 2013 CFR 33-141.35-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 141: Personal. Sección 141.35: Registros que debe conservar el empleador.



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