CFR 33-149.510-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 149: Puertos de aguas profundas: diseño, construcción y equipamiento. Sección 149.510: ¿Cómo obtengo permiso para establecer una ayuda a la navegación?
(a) Para establecer una ayuda a la navegación en un puerto de aguas profundas, el licenciatario deberá presentar una solicitud bajo la § 66.01-5 de este capítulo, excepto que la solicitud deberá enviarse al Comandante (CG-5P).
CFR 33-149.510-2013 Historia
2013CFR 33-149.510-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 149: Puertos de aguas profundas: diseño, construcción y equipamiento. Sección 149.510: ¿Cómo obtengo permiso para establecer una ayuda a la navegación?