CFR 33-149.407-2013
Navegación y aguas navegables. Parte 149: Puertos de aguas profundas: diseño, construcción y equipamiento. Sección 149.407: ¿Deben haber extintores de incendios en el puerto de aguas profundas en todo momento?

Estándar No.
CFR 33-149.407-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 33-149.407-2013
Alcance
(a) Los extintores de incendios requeridos por § 149.409 de esta parte deben estar en todos los puertos de aguas profundas tripulados en todo momento.

CFR 33-149.407-2013 Historia

  • 2013 CFR 33-149.407-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 149: Puertos de aguas profundas: diseño, construcción y equipamiento. Sección 149.407: ¿Deben haber extintores de incendios en el puerto de aguas profundas en todo momento?



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