CFR 33-140.103-2014
Navegación y aguas navegables. Parte 140: General. Sección 140.103: Inspección anual de instalaciones fijas de OCS.

Estándar No.
CFR 33-140.103-2014
Fecha de publicación
2014
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 33-140.103-2014
Alcance
(a) El propietario u operador de cada instalación OCS fija deberá garantizar que la instalación sea inspeccionada, a intervalos que no excedan los 12 meses, para determinar si cumple con los requisitos de este subcapítulo.

CFR 33-140.103-2014 Historia

  • 2014 CFR 33-140.103-2014 Navegación y aguas navegables. Parte 140: General. Sección 140.103: Inspección anual de instalaciones fijas de OCS.



© 2023 Reservados todos los derechos.