CFR 33-150.50-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.50: ¿Cuáles son los requisitos para un plan de respuesta a derrames de una instalación?
(a) Cada puerto de aguas profundas que cumpla con los requisitos de aplicabilidad de la parte 154 subparte F de este capítulo debe tener un plan de respuesta de la instalación aprobado por el Comandante del Sector, o Comandante de la MSU, con autoridad de COTP y OCMI.
CFR 33-150.50-2013 Historia
2013CFR 33-150.50-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.50: ¿Cuáles son los requisitos para un plan de respuesta a derrames de una instalación?