(a) Al determinar el monto de una sanción civil individual impuesta según § 846.12, la Oficina considerará los criterios especificados en la sección 518(a) de la Ley, incluyendo:
CFR 30-846.14-2014 Historia
2014CFR 30-846.14-2014 Recursos minerales. Parte 846: Sanciones civiles individuales. Sección 846.14: Monto de la sanción civil individual.