CFR 21-822.15-2013
Alimentos y Medicamentos. Parte 822: Vigilancia poscomercialización. Sección 822.15: ¿Durante cuánto tiempo debo realizar la vigilancia posterior a la comercialización de mi dispositivo?

Estándar No.
CFR 21-822.15-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 21-822.15-2013
Alcance
La duración de la vigilancia poscomercialización dependerá de la pregunta de vigilancia poscomercialización identificada en nuestro pedido. Podemos ordenar vigilancia prospectiva por un período de hasta 36 meses; períodos más largos requieren su acuerdo. Si creemos que una perspectiva

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  • 2013 CFR 21-822.15-2013 Alimentos y Medicamentos. Parte 822: Vigilancia poscomercialización. Sección 822.15: ¿Durante cuánto tiempo debo realizar la vigilancia posterior a la comercialización de mi dispositivo?



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