(a) Cada fabricante deberá mantener archivos de quejas. Cada fabricante deberá establecer y mantener procedimientos para recibir, revisar y evaluar quejas por parte de una unidad designada formalmente. Dichos procedimientos garantizarán que:
CFR 21-820.198-2013 Historia
2013CFR 21-820.198-2013 Alimentos y Medicamentos. Parte 820: Regulación del sistema de calidad. Sección 820.198: Expedientes de quejas.