CFR 21-180.37-2013
Alimentos y drogas. Parte 180: Aditivos alimentarios permitidos en alimentos o en contacto con alimentos de forma provisional en espera de estudios adicionales. Sección 180.37: Sacarina, sacarina de amonio, sacarina de calcio y sacarina de sodio.

Estándar No.
CFR 21-180.37-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 21-180.37-2013
Alcance
Los aditivos alimentarios sacarina, sacarina amónica, sacarina cálcica y sacarina sódica se pueden utilizar de forma segura como agentes edulcorantes en los alimentos de acuerdo con las siguientes condiciones, si la sustitución de edulcorantes nutritivos es para una dieta especial válida.

CFR 21-180.37-2013 Historia

  • 2013 CFR 21-180.37-2013 Alimentos y drogas. Parte 180: Aditivos alimentarios permitidos en alimentos o en contacto con alimentos de forma provisional en espera de estudios adicionales. Sección 180.37: Sacarina, sacarina de amonio, sacarina de calcio y sacarina de sodio.



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