Esta norma especifica los requisitos técnicos para los productos de licor con sabor a arroz. Esta norma es aplicable al licor destilado con las características de un pequeño aroma de arroz doblado, que se elabora a partir de arroz mediante fermentación semisólida, destilación, almacenamiento y mezcla. Esta norma no se aplica al licor con sabor a arroz con bajo contenido de alcohol y temperatura inferior a 40 grados.