(a) En general—(1) Requisito de devolución. Excepto lo dispuesto en los párrafos (e) y (g)(1) de esta sección con respecto a organizaciones benéficas y otras organizaciones que tengan ingresos comerciales no relacionados y a ciertas corporaciones extranjeras, respectivamente, cada corporación, según se define en la sección 7701(a)(3). ), sujeto a tributación bajo el subtítulo A del Código deberá realizar una declaración de ingresos independientemente de si tiene ingresos gravables o del monto de sus ingresos brutos. (a) Para herencias y fideicomisos—(1) En general. Cada fiduciario, o al menos uno de los fiduciarios conjuntos, debe presentar una declaración de ingresos en el formulario 1041 (o mediante el uso de una declaración compuesta de conformidad con §1.6012–5) y adjuntar el formulario requerido si el patrimonio o fideicomiso tiene elementos de preferencia fiscal. (como se define en la sección 57 y sus regulaciones) en cualquier cantidad:
CFR 26-1.6012-2014 Historia
2014CFR 26-1.6012-2014 Ingreso interno. Parte 1: Impuestos sobre la renta. Sección 1.6012:1-6.