CFR 21-600.90-2014
Alimentos y drogas. Parte 600: Productos biológicos: general. SubparteD: Notificación de experiencias adversas. Sección 600.90: Renuncias.

Estándar No.
CFR 21-600.90-2014
Fecha de publicación
2014
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 21-600.90-2014
Alcance
(a) Un fabricante con licencia puede solicitar a la Administración de Alimentos y Medicamentos que exima, según esta sección, cualquier requisito que se aplique al fabricante con licencia según §§600.80 y 600.81. Se requiere presentar una solicitud de exención bajo esta sección con la documentación de respaldo. La solicitud de exención debe contener uno de los siguientes:

CFR 21-600.90-2014 Historia

  • 2014 CFR 21-600.90-2014 Alimentos y drogas. Parte 600: Productos biológicos: general. SubparteD: Notificación de experiencias adversas. Sección 600.90: Renuncias.



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