(a) De conformidad con la sección 8e [7 USC 608e–1] de la Ley de Acuerdos de Comercialización Agrícola de 1937, según enmendada [7 USC 601–674], y la Parte 944—Frutas; Regulaciones de Importación, la importación a los Estados Unidos de cualquier aguacate, excepto las variedades Hass, Fuerte, Zutano y Edranol, está prohibida a menos que:
CFR 7-944.31-2014 Historia
2014CFR 7-944.31-2014 Agricultura. Parte 944: Frutas; regulaciones de importación. Sección:944.31:Reglamento de madurez de importación de aguacate.