(a) Salvo que se disponga lo contrario en el párrafo (b) de esta sección, el Administrador incluirá como área en cuarentena en el párrafo (c) de esta sección, cada estado o cada porción de un estado en el que se haya encontrado el escarabajo asiático de cuernos largos. por un inspector, en el que el Administrador tiene motivos para creer que el escarabajo asiático de cuernos largos está presente, o que el Administrador considera necesario regular debido a su inseparabilidad para fines de cumplimiento de cuarentena de las localidades donde se ha encontrado el escarabajo asiático de cuernos largos. Menos de un estado entero será designado como área en cuarentena solo si el Administrador determina que:
CFR 7-301.51-2014 Historia
2014CFR 7-301.51-2014 Agricultura. Parte 301: Avisos de cuarentena nacional. Subparte: Escarabajo asiático de cuernos largos. Sección 301.51:1-9.