(a) Si un licenciatario vende o transfiere su negocio que involucra artículos cubiertos por esta subparte a otra persona, incluida la transferencia completa de los activos correspondientes, la Autoridad de Licencias transferirá a dicha otra persona la licencia histórica, no histórica o designada emitida para esa cuota. año.?Dicha venta o traspaso debe ser incondicional, excepto que pueda estar en depósito en garantía, siendo la única condición para la devolución del depósito en garantía que la Autoridad de Licencias determine que dicha venta no cumple con los requisitos de este párrafo.