Esta norma especifica un método para determinar el contenido de verde de malaquita y su homólogo verde de malaquita incoloro en los alimentos mediante cromatografía líquida y cromatografía líquida-espectrometría de masas en tándem. Este estándar se divide en cromatografía líquida de alta resolución y cromatografía líquida de alta resolución-espectrometría de masas en tándem. La cromatografía líquida de alta resolución-espectrometría de masas en tándem es el método de confirmación. Este método estándar de cromatografía líquida de alto rendimiento es adecuado para la determinación del contenido de verde de malaquita y verde de malaquita incoloro en harina de pescado, piensos compuestos, piensos concentrados, piensos premezclados con aditivos y suplementos concentrados; el método de cromatografía líquida de alto rendimiento-espectrometría de masas en tándem es adecuado para la determinación del contenido de verde malaquita y verde malaquita incoloro en harina de pescado, materias primas para piensos vegetales, piensos compuestos, piensos concentrados, piensos premezclados de aditivos y suplementos concentrados. El límite de cuantificación del verde de malaquita y del verde de malaquita incoloro medido mediante cromatografía líquida es de 10 μg/kg; el límite de cuantificación del verde de malaquita y del verde de malaquita incoloro medido mediante cromatografía líquida-espectrometría de masas en tándem es de 1,0 μg/kg.