EN 15649-1:2009
Artículos flotantes de ocio para uso sobre y dentro del agua - Parte 1: Clasificación, materiales, requisitos generales y métodos de ensayo (Incorpora la Enmienda A2: 2013)

Estándar No.
EN 15649-1:2009
Fecha de publicación
2009
Organización
European Committee for Standardization (CEN)
Ultima versión
EN 15649-1:2009
Alcance
Esta norma europea especifica requisitos de seguridad y métodos de prueba relacionados con materiales, seguridad y rendimiento para artículos de ocio flotantes clasificados para uso sobre y dentro del agua de acuerdo con la Cláusula 4. Este documento (EN 15649-1) solo es aplicable con EN 15649-2 y las partes específicas pertinentes (EN 15649-3 a EN 15649-7). NOTA 1 Los requisitos de seguridad específicos se especifican en las partes específicas EN 15649-3 a EN 15649-7. NOTA 2 Las partes específicas pueden incluir exclusiones de los requisitos generales especificados en este documento y/o EN 15649-2. Esta norma no es aplicable a: juguetes acuáticos según la Directiva 2009/48/CE (uso en aguas poco profundas/uso bajo supervisión) ; embarcaciones neumáticas con una flotabilidad > 1800 N según la Directiva 94/25/CE; ayudas flotantes para instrucciones de natación según la Directiva 89/686/CEE; colchones de aire que no están diseñados ni destinados específicamente para su uso en el agua (por ejemplo, camas de terciopelo, colchones autoinflables y colchones de aire de algodón engomado); asientos flotantes para pescar; dispositivos para deportes de surf (por ejemplo, tablas de bodyboard, tablas de surf); tabla de esquí acuático, wakeboard o kitesurf; dispositivos hechos de materiales rígidos, por ejemplo madera, aluminio, plástico duro o indeformable; dispositivos que se mantienen en forma mediante un flujo de aire permanente; anillos destinados a su uso en toboganes acuáticos; dispositivos de vadeo.

EN 15649-1:2009 Historia

  • 2009 EN 15649-1:2009 Artículos flotantes de ocio para uso sobre y dentro del agua - Parte 1: Clasificación, materiales, requisitos generales y métodos de ensayo (Incorpora la Enmienda A2: 2013)



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