En 1941, la División de Hierro y Acero de SAE, en colaboración con el Instituto Americano del Hierro y el Acero (AISI), realizó un cambio importante en el método de expresar los rangos de composición de los aceros SAE. El plan, tal como se aplica ahora, se basa en general en rangos de análisis térmico o de fundición más estrechos más ciertos márgenes de análisis de productos en muestras individuales, en lugar de los rangos y límites fijos sin tolerancias anteriormente previstos para el carbono y otros elementos en los aceros SAE. Durante años, la variedad de composiciones químicas del acero ha sido motivo de preocupación en la industria siderúrgica. Se reconoció que la producción de menos grados de acero podría dar como resultado mejores entregas y brindar una mejor oportunidad para lograr avances en tecnología, prácticas de fabricación y calidad, y así desarrollar más plenamente las posibilidades de aplicación inherentes a esos grados. Se realizaron estudios exhaustivos e imparciales para determinar cuáles de los muchos grados especificados eran los de demanda más común y la viabilidad de combinar composiciones que tuvieran requisitos similares. A partir de estos estudios, se seleccionaron los grados de acero más comunes y se mantuvieron en la revisión actual. Los límites o rangos de composición química de fundición o calor de estos grados se dan en las Tablas 1, 2, 3A y 3B. Estos límites o rangos de fundición o calor están sujetos a variaciones estándar para el análisis de productos como se indica en SAE J409. Dado que AISI ya no emite designaciones de grados de acero, los grados enumerados en este documento son grados SAE. Se reconoce que en ocasiones se necesitarán composiciones químicas distintas de las enumeradas en las tablas mencionadas anteriormente para aplicaciones o procesamientos especializados. Cuando se requiere dicho acero, los elementos que comprenden la composición química deseada se especifican de una de tres maneras: (a) mediante un límite mínimo, (b) mediante un límite máximo, o (c) mediante límites mínimo y máximo, denominados rango. Los límites y rangos estándar de análisis térmico o de fundición para los distintos elementos de los aceros al carbono se dan en la Tabla 4. En esta tabla, el rango es la diferencia aritmética entre los límites mínimo y máximo (es decir, 0,19 a 0,25 es un rango de 0,06). Estos límites y rangos de fundición o calor también están sujetos a variaciones estándar para el análisis de productos como se indica en SAE J409. La División 1 del ISTC ha desarrollado un procedimiento que permite el mantenimiento de las listas de calificaciones en este documento. Esto implicará realizar una encuesta en toda la industria para solicitar opiniones. Esta encuesta se realizará con la frecuencia que el comité técnico considere necesaria.
SAE J403-2009 Historia
2014SAE J403-2014 Composiciones químicas de los aceros al carbono SAE