De conformidad con 23 USC 136, esta parte prescribe políticas y procedimientos de la Administración Federal de Carreteras [FHWA] relacionados con el ejercicio de un control efectivo por parte de los estados de los depósitos de chatarra en áreas adyacentes a los sistemas primarios interestatales y de ayuda federal. Nada en esta parte se interpretará en el sentido de impedir que un Estado establezca requisitos de control de depósitos de chatarra más estrictos que los aquí establecidos.