Estos requisitos cubren los aspectos de incendio y accidentes asociados con el rendimiento mecánico y las características eléctricas de los conjuntos de generadores accionados por motor destinados a su instalación en vehículos recreativos. Estos requisitos cubren generadores clasificados: 15 kilovatios o menos, 115 voltios, monofásicos de 2 cables; 240 voltios, monofásico de 2 hilos; 115/230 voltios, monofásico de 3 hilos; 3 o 4 hilos, cualquier voltaje, trifásico. Los generadores pueden incorporar secciones de alternador o generador de corriente continua para suministrar energía a los circuitos de carga de baterías. Sólo se permiten generadores que tengan sistemas con voltajes inferiores a 150 voltios a tierra para aplicaciones no comerciales. Estos requisitos cubren tanto generadores abiertos como totalmente cerrados. Un generador totalmente cerrado está cerrado de manera que impida el libre intercambio de aire entre el interior y el exterior del recinto para los devanados, pero no lo suficientemente cerrado como para ser hermético. Un generador que tiene aberturas de ventilación que permiten el paso de aire de refrigeración externo sobre y alrededor de los devanados es un generador abierto. Estos requisitos cubren las piezas del generador y las combinaciones de dichas piezas. Estos requisitos no cubren generadores para uso en ubicaciones peligrosas según lo definido en el Código Eléctrico Nacional. Estos requisitos cubren sólo los aspectos de peligro identificados de los conjuntos de motor-generador destinados a ser utilizados con vehículos recreativos. Estos requisitos no cubren otros posibles aspectos peligrosos de dicho equipo. Un producto que contiene características, componentes, materiales o sistemas nuevos o diferentes de aquellos en uso cuando se desarrolló la norma y que implica un riesgo de incendio, descarga eléctrica o lesiones a las personas debe evaluarse utilizando el componente adicional apropiado y requisitos del producto final según se determine necesario para mantener el nivel de seguridad para el usuario del producto como se anticipó originalmente por la intención de esta norma.
UL 1248 BULLETIN-2008 Historia
2010UL 1248 BULLETIN-2010 Norma UL para conjuntos de motor-generador de seguridad para uso en vehículos recreativos
2008UL 1248 BULLETIN-2008 Norma UL para conjuntos de motor-generador de seguridad para uso en vehículos recreativos
2006UL 1248-2006 Norma UL para conjuntos de motor-generador de seguridad para uso en vehículos recreativos (tercera edición)
2004UL 1248 BULLETINS-2004 Norma UL para conjuntos de motor-generador de seguridad para uso en vehículos recreativos (10/12/2004 (100p); 21/05/2004 (114p))
2003UL 1248 BULLETINS-2003 Norma UL para conjuntos de motor-generador de seguridad para uso en vehículos recreativos (19/12/2003 (10p); 15/08/2003 (122p); 28/02/2003 (68p))
1993UL 1248-1993 Conjuntos de motor-generador para uso en vehículos recreativos.