Esta norma establece las normas para el control de calidad, envasado, marcado, almacenamiento, transporte y documentación de los preparados cárnicos, elaborados a partir de carne de cerdo, vacuno, ovino, aves, con o sin adición de tocino, órganos y subproductos comestibles. J .2 ¿Se aplica la norma? y a los surtidos elaborados con carne de ¿De caza (ciervos, jabalíes, etc.) y de animales peleteros? (nutrición, conejo, etc.) admitidos por las autoridades sanitarias y de sanidad veterinaria. 1.3 ¿No se aplica la norma? al salami de Sibiu y a las preparaciones y semipreparaciones culinarias elaboradas con carne en conserva fría. 1.4 Las disposiciones escritas en esta norma son de obligado cumplimiento tanto para los productos regulados por las normas como para los regulados por otros documentos técnicos normativos del producto. 1.5 Los plazos de garantía y su marcado vendrán establecidos por la documentación técnica del producto.
STAS 3103-1983 Historia
1983STAS 3103-1983 PRODUCTOS CÁRNICOS Normas de control de calidad, embalaje, marcado, almacenamiento, transporte y documentación.