La gasolina de motor en esta norma se refiere a un combustible compuesto por agua líquida de pistón más cualquier aditivo y oxigenante para motores de combustión interna con encendido eléctrico, motores de gasolina. La gasolina para motores según esta norma debe contener oxigenados en un nivel correspondiente a un máximo de 2,0 por ciento en masa de oxígeno. El contenido de metanol no debe exceder el 3% en volumen. La norma se aplica a la gasolina destinada a la entrega al consumidor final. El 95 sin plomo no debe contener aditivos que contengan fósforo. La norma no cubre la gasolina para motores de aviones.
SIS SS 15 54 21-1986 Historia
1991SIS SS 15 54 21-1991 Combustibles para motores: gasolina con plomo para vehículos de motor